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CDE se niega a pagar indemnización a familiares de detenida desaparecida por la DINA

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El pasado 11 de diciembre el Consejo de Defensa del Estado (CDE) acordó no pagar una indemnización de 150 millones de pesos a los hijos de María Elsa Victoria Leuthner, una ex militante del MIR que desaparecida por la DINA en 1974, luego de su paso por el centro de torturas de Londres 38 y Cuatro Álamos

La determinación del CDE fue adoptada pese a que el 15º Juzgado Civil de Santiago y el tribunal de alzada capitalino aprobaron el pago, proceso que fue llevado por el abogado Nelson Caucoto de la Corporación de Asistencia Judicial.

El CDE no se contentó con las decisiones de ambos tribunales y apeló a la Tercera Sala de la Corte Suprema (Constitucional) que, haciendo uso de sus facultades, llamó a un “comparendo de conciliación” para que las partes llegaran a un acuerdo, ya fuera por la misma suma u otra de menor cuantía.

Sin embargo, el CDE no “transigió” y actualmente la decisión debe ser adoptada por este sala del máximo tribunal, fallo que se conocería en los próximos días.

María Elsa Victoria Leuthner, al momento de su detención el 15 de agosto de 1974 en un departamento de calle Bueras 174, era una militante del MIR. Había sido directora de una escuela en la Granja y fue secretaria de la ex senadora PC Julieta Campusano.

Lo establecido en el informe Rettig es que en la fecha señalada llegó Carabineros junto con la DINA, fue sacada de su departamento junto a otras personas, llevada a Londres 38, posteriormente al cuartel de Cuatro Álamos, donde se perdió su rastro para siempre.

Por su muerte, el entonces titular del Primer Juzgado del Crimen de Santiago Joaquín Billard, condenó ex agente de la DINA Osvaldo Romo Mena, por el delito de secuestro, que también alcanzó a Miguel Krassnoff, Marcelo Moren Brito, Basclay Zapata a diez años y un día por el secuestro calificado Elsa Leuthner, que incluyó también a María González, Hernán González y Ricardo Troncoso Muñoz.

El nuevo criterio

La postura del CDE se vio reforzada este lunes luego que el Pleno de la Corte Suprema, en un fallo estrecho de 9 contra 7, confirmara en el caso de la desaparición del médico cirujano Eduardo González Galeno -ocurrida a partir del 14 de septiembre de 1973 en la Araucanía- que la acción civil estaba prescrita, pese a que el tribunal de primera y segunda instancia habían ordenado al fisco a pagar 50 millones de pesos.

La decisión del máximo tribunal se basó precisamente en una solicitud del CDE, para que se unificara el criterio respecto de las responsabilidad civil del Estado, ya que algunos fallos la acogían y otros le negaban.

Los ministros que estuvieron por aprobar la petición del CDE para aplicar la prescripción, fueron Nibaldo Segura, Patricio Valdés, Héctor Carreño, Pedro Pierry, Gabriela Pérez, Guillermo Silva, Rosa María Maggi, Rosa Egnem y María Eugenia Sandoval.

En tanto los de la minoría fueron Milton Juica, Sergio Muñoz, Hugo Dolmestch, Juan Araya, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y Juan Escobar, quienes fueron partidarios de rechazar el recurso de casación y extender la imprescriptibilidad al aspecto civil.


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